Exclusiones seguro alquileres
Por uso de la vivienda y/o tipo de Arrendatario
- Temporada
- Períodos de arrendamiento inferior a 12 meses
- Viviendas para ejecutivos donde el arrendatario es la empresa empleadora
- Viviendas para personal diplomático y/o consular
- Viviendas compartidas o subarrendadas
Por el importe de la renta mensual
- No serán objeto de este seguro la protección de aquellas rentas mensuales con importes superiores a los máximos, ni inferiores a los mínimos establecidos en cada provincia.
Por tipología de la vivienda
- Viviendas con superficie inferior a 25 m2 construidos
- Sin suministros ni servicios públicos
- En edificios declarados en ruina
- En edificios construidos con materiales combustibles en más del 25%
- Con una antigüedad superior a 50 años sin haberse realizado reforma alguna.
- Viviendas prefabricadas
- Riesgos situados fuera del territorio español
- Riesgos situados en edificios en construcción
- Riesgos en los que se realicen actividades industriales o comerciales
Por la capacidad financiera del arrendatario
- La renta anual no podría superar el 40% de los ingresos netos anuales del arrendatario.
- Si el arrendatario no tiene contrato indefinido debería contar con al menos un año de antigüedad en la empresa
- Si el arrendatario es estudiante no podría contratarse el seguro
- Si el arrendatario no dispone de contrato laboral debería aportar justificante de ingresos apropiado
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